Opciones de contrato cuidadora de personas mayores

contrato cuidador personas mayores
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    Contar con un contrato laboral es un derecho para todos los trabajadores, independientemente de su labor. Como persona que realiza un trabajo a cambio de un salario, el contrato es la clave que nos garantiza que se cumplen nuestros derechos como trabajadores y nos asegura que ante cualquier circunstancia estamos protegidos.

    El contrato laboral para cuidadoras es especialmente importante, ya que es un requisito que muchas veces se pasa por alto dado el sector en el que se desarrolla. En España, el 30% de las personas que se dedican al cuidado de personas mayores no tienen contrato laboral.

    Esto supone que las personas que se dedican al cuidado de personas mayores en el domicilio se vean sujetas a trabajos precarios, sin contrato legal y con situaciones que sobrepasan su labor como cuidador.

    Para poder contar con una seguridad y saber que cada aspecto de la relación laboral entre las partes, en este caso la familia y el cuidador, están mediadas por leyes específicas, se debe garantizar una correcta gestión del trabajo de la cuidadora a través de su contratación, proporcionándole unos derechos y unas obligaciones marcadas por la ley.

    Tipos de contratos cuidadoras de personas mayores

    En la contratación de cuidadores, es posible encontrar diferentes tipos de contratación en función de las necesidades de cada persona a cuidar. Según el Real Decreto por el que se establece el sistema especial para las empleadas del hogar, aparece en su artículo 6 que, como toda relación laboral, puede realizarse la contratación por tiempo indefinido o temporal.  

    Anteriormente a la reforma laboral de diciembre de 2021, el empleador que decidía contratar a un cuidador, tenía la opción de formalizar los siguientes tipos de contratos  para las cuidadoras de personas mayores: 

    En diciembre de 2021, el gobierno aprobó el Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de reforma laboral. Uno de sus objetivos es reducir la temporalidad al mínimo necesario y así evitar  la precariedad  en los contratos temporales. Estas nuevas normas, a partir del 30 de marzo de 2022,  también afectan al sistema especial para empleadas del hogar. 

    ¿Qué pasa con los contratos de cuidadoras de ancianos anteriores?

    En el caso de un contrato de empleada del hogar por obra, si se firmó antes del 31 de diciembre de 2021, se puede mantener hasta el término anterior, es decir, no más de 3 años. En el caso de los contratos temporales, si  se firman antes del 31 de diciembre de 2022,  podrán mantenerse hasta que el trabajador sustituido recupere su empleo. 

     Un contrato de trabajo interino o un contrato por obra firmado entre el 31 de diciembre de 2021 y el 30 de marzo de 2022 solamente puede tener una duración máxima de 6 meses. Transcurrido este período transitorio, deberán  convertirse en contrato indefinido. 

    Contrato de trabajo para cuidadores de ancianos a partir del 31 de marzo de 2022

    Para la formalización de contratos de trabajo como cuidadora, el Gobierno ha fijado el siguiente plazo. A partir del 31 de marzo de 2022, si desea contratar a una cuidadora para atender a su familiar mayor, deberá hacerlo bajo los siguientes contratos: 

    En resumen, si no tienes una buena razón para legalizar un contrato temporal que puedas demostrar claramente (y esto debe estar explicado en el contrato), entonces debes legalizar el contrato y realizar la modificación a contrato indefinido de tu cuidador de personas mayores.

     En la web del SEPE encontrarás una guía práctica que explica los contratos de trabajo así como los modelos oficiales para formalizarlos.

     

    Modelo contrato de trabajo cuidadora de ancianos en casa particular antes de la reforma laboral

    (hasta el 30 de diciembre de 2021)

    CONTRATO POR OBRA O SERVICIO DETERMINADO

    Carácter temporal
    401: tiempo completo
    501: tiempo parcial

    CAUSA Y APLICACIÓN: Se utilizaba para formalizar las contrataciones con una fecha de fin prevista pero incierta. 

    DURACIÓN: Podía durar 3 años → al cabo de 3 años pasaba a indefinido. 

    INDEMNIZACIÓN: Indemnización 12 días por año

    CONTRATO INTERINIDAD

    Carácter temporal

    410: tiempo completo

    510: tiempo parcial

    CAUSA Y APLICACIÓN: Se utiliza para sustituciones para trabajadores en SITUACIÓN DE BAJA MÉDICA. 

    DURACIÓN: Mientras dure la sustitución

    INDEMNIZACIÓN: No contempla.

    CONTRATO INDEFINIDO

    100: tiempo completo

    200: tiempo parcial

    Se utilizaba para aquellos contratos que no tienen causa específica para la temporalidad. 

    DURACIÓN: indefinida

    INDEMNIZACIÓN: depende de la causa de fin del contrato. 



    Contrato de trabajo para cuidadores de ancianos en el periodo transitorio de la reforma laboral

    (desde el 31 de diciembre de 2021 hasta el 30 de marzo de 2022)

    CONTRATO POR OBRA O SERVICIO DETERMINADO

    Contrato temporal

    CAUSA Y APLICACIÓN: Se podía utilizar de forma temporal siempre que hubiera causa para la misma. 

    DURACIÓN: Solo pueden durar 6 meses desde la fecha de alta, después se deberán convertir a contratos indefinidos. 

    INDEMNIZACIÓN: 12 días por año Los contratos por obra celebrados antes de la reforma laboral pueden mantener su duración anterior (3 años) se rigen por la anterior normativa. 

    CONTRATO INTERINIDAD

    Contrato temporal

    CAUSA Y APLICACIÓN: Se utiliza para sustituciones para trabajadores en SITUACIÓN DE BAJA MÉDICA.

    DURACIÓN: Mientras dure la sustitución

    INDEMNIZACIÓN: No contempla.

    CONTRATO INDEFINIDO

    CONTRATO POR DEFECTO SI NO HAY CAUSA QUE JUSTIFIQUE TEMPORALIDAD

    Modelo de contrato para cuidadora de adulto mayor tras la nueva regularización de contratos

    (del 31 de Marzo de 2022)

    CONTRATO POR OBRA Y CONTRATO INTERINIDAD

    DESAPARECEN → Ya no se pueden formalizar este tipo de contratos. 

    CONTRATO INDEFINIDO

    100: tiempo completo
    200: tiempo parcial

    CONTRATO POR DEFECTO SI NO HAY CAUSA QUE JUSTIFIQUE TEMPORALIDAD

    CONTRATO SUSTITUCIÓN

    410: tiempo completo
    510: tiempo parcial
    (sustituye interinidad)

    CAUSA Y APLICACIÓN: Se utiliza para sustituciones para trabajadores en SITUACIÓN DE BAJA MÉDICA

    DURACIÓN: Mientras dure la sustitución

    INDEMNIZACIÓN: No contempla.Diferencia con interinidad: se puede celebrar hasta 15 días antes de la sustitución

    CONTRATO EVENTUAL

    402: tiempo completo
    502: tiempo parcial

    CAUSA Y APLICACIÓN:
    Para la sustitución de trabajadores en periodo de vacaciones.
    Para causas imprevistas y temporales (con fecha de fin cierta).

    DURACIÓN: máximo 6 meses.

    INDEMNIZACIÓN: 12 días de salario por año trabajado.

    En Cuidum contamos con un departamento laboral especializado en dependencia que se ocupa de gestionar todos los trámites relativos a la relación laboral y contratación de las cuidadoras.

    Contar con gestores laborales especializados, que están al día de los cambios y actualizaciones en materia laboral te puede ayudar a que la contratación de una cuidadora sea mucho más sencilla, sin preocuparte de los papeleos y sabiendo que todo se hace de forma legal.

    ¡Para cualquier consulta no dudes en contactarnos!

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    9 comentarios

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    4. Me gustaría saber qué consecuencias tiene para un trabajador no comunitario con permiso de trabajo no estar dado de alta o no tener trabajo.¿Influirá eso en las autoridades españolas para no prorrogar el permiso de trabajo?¿Hay un plazo máximo para que el trabajador encuentre trabajo? (×

      1. Hola Carmen,

        No somos expertos en extranjería, no obstante vulnerar la ley no trae nada bueno a nadie. Si trabajas sin contrato debes de denunciarlo, sino eres cómplice de un fraude a la seguridad social, además que al no tener contrato difícilmente podrás renovar el permiso de trabajo.

        No obstante mi consejo es que busques asesoramiento especializado en extranjería.

        Un saludo.

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