Si tienes una cuidadora contratada para ayudar a cuidar a un familiar mayor, es posible que puedas aprovechar ciertas bonificaciones que están disponibles para las familias. Estas bonificaciones pueden ayudar a reducir los costes de la contratación de una cuidadora, lo que puede ser de gran ayuda para tu presupuesto familiar.
Cambio base cotización empleadas de hogar
El Real Decreto Ley 16/2022 de 6 de septiembre y la Ley 31/2022 de 23 de diciembre por la que se aprueban los presupuestos generales del estado, han publicado las nuevas bases de cotización para el año 2023. Las mismas, pasan de 10 a 8 tramos y quedan de la siguiente manera:
Estas bases, están sujetas a cambio cuando se apruebe el nuevo salario mínimo para el año 2023, pendiente todavía de negociación por parte del gobierno y cuya cuantía definitiva está pendiente de conocerse.
Nueva cotización empleadas hogar
Con el inicio del año 2023, se han implementado cambios significativos en los tipos de cotización que afectan tanto a los empleadores como a los trabajadores. Estas actualizaciones son el resultado de la aprobación de la Ley 31/2022 de 23 de diciembre (PGE), que establece los nuevos tipos de cotización para el año en curso.
En consecuencia, se han modificado varios aspectos importantes en materia de seguridad social, incluyendo el cálculo de las cotizaciones para la jubilación, la incapacidad temporal, el desempleo, la formación profesional y otros beneficios.
CONTINGENCIAS COMUNES
Para las contingencias comunes, se mantienen los mismos porcentajes de cotización, siendo un 23,6% a cargo del empleador, y un 4,7% a cargo del trabajador.
CONTINGENCIAS PROFESIONALES (ACCIDENTE DE TRABAJO)
Se mantiene el tipo de un 1,5% el cual aporta exclusivamente el empleador.
DESEMPLEO
El Real Decreto Ley que introdujo la cotización para el desempleo en el sistema especial de empleados de hogar, aplicó unos tipos de cotización al desempleo inferiores a los del régimen general. Así, con la entrada de año, los mismos se actualizan teniendo en cuenta los mismos criterios que para un trabajador del régimen general, siendo los siguientes:
- Para los contratos indefinidos: El tipo de cotización por desempleo pasa a ser de un 7,05%, quedando a cargo del empleador un 5,50% y a cargo del trabajador un 1,55%
- Para los contratos temporales: El tipo de cotización por desempleo pasa a ser de un 8,30%, quedando a cargo del empleador un 6,70% y a cargo del trabajador un 1,60%.
- Para el año 2022 los tipos generales eran de un 6,05%, siendo un 5% a cargo del empleador y un 1,05% a cargo del trabajador.
FOGASA
El tipo de cotización para el FOGASA se mantiene en un 0,2% y es a cargo exclusivo del empleador.
NUEVA COTIZACIÓN AL MECANISMO DE EQUIDAD INTERGENERACIONAL (MEI)
A partir de enero de 2023, todos los trabajadores, incluidos los integrados dentro del sistema especial de empleados de hogar, deben empezar a cotizar por el MEI. Dicho mecanismo se aprobó con la Ley 21/2021 de 28 de diciembre y ha entrado en vigor en 2023 con la aprobación de los presupuestos generales del estado.
Dicha aportación pretende exclusivamente recaudar dinero para volver a llamar la conocida como “hucha de las pensiones” y hacer frente a las futuras pensiones.
La aportación del MEI será de un 0,6%, siendo un 0,5% a cargo del empleador y un 0,1% a cargo del trabajador.
Bonificaciones empleadas de hogar 2023
A principios del año 2023, se publicó el Real Decreto Ley 1/2023 el cual, modifica y ampliaba los incentivos y bonificaciones a las contratación laboral.
Las bonificaciones tienen como objetivo incentivar las contrataciones por parte de familias y empresas, y mayoritariamente van orientadas a colectivos con dificultad de integración en el mercado de trabajo o ayudar a los empleadores con mayor dificultad para poder contratar a un trabajador.
En el sistema especial de empleados de hogar, actualmente, existen 4 bonificaciones que se aplican a las cuotas de la Seguridad Social, de las cuales 3, se aplican sin ningún tipo de requisito o trámite particular.
BONIFICACIÓN AL 20% EN LA CUOTA DE CONTINGENCIAS COMUNES QUE ABONA EL EMPLEADOR
Actualmente el empleador abona un 23,6% de la base de cotización de la trabajadora como cuota por las contingencias comunes. La Seguridad Social, aplica la bonificación sin necesidad de hacer ningún trámite adicional o cumplir algún requisito en la contratación.
Esta bonificación ya lleva aplicándose varios años y todos los años se va prorrogando.
BONIFICACIÓN DEL 80% EN LA CUOTA DE FOGASA Y DESEMPLEO QUE ABONA EL EMPLEADOR
Desde octubre del año 2022, las empleadas de hogar comenzaron a cotizar por desempleo y FOGASA. Esto supuso un incremento de los costes de la Seguridad Social de las familias, pero, la Seguridad Social aplicó una bonificación del 80% en las cuotas que paga el empleador.
Por el momento, esta bonificación se ha prorrogado para todo el año 2023.
Por otro lado, para aquellas familias que sean familias numerosas, podrán ampliar la bonificación del 20% en la cuota de la Seguridad Social en un 45% en el caso de que decidan contratar a una empleada de hogar.
La Seguridad Social, exige que para poder aplicar dicha bonificación, ambos cónyuges estén trabajando. Esta bonificación iba a ser sustituida por una vinculada a la renta de la unidad familiar, en abril de 2023 pero, debido a la disolución de las cortes generales, se decidió prorrogar dicha bonificación durante el año 2023.
Otra de las situaciones bonificables que además, ha sufrido recientes cambios el 1 de septiembre, son las vinculadas a los permisos de riesgo durante el embarazo, maternidad y paternidad.
En el caso de que la empleada de hogar, se encuentre en situación de riesgo durante el embarazo o maternidad, la Seguridad Social contempla la posibilidad de bonificar las cuotas de la Seguridad Social en el caso de contratar a un trabajador que le sustituya.
Así, para poder aplicarte esta bonificación, deberás de tener en cuenta los siguientes aspectos:
- Deberás de contratar a un trabajador sustituto de tu empleado habitual, mientras dure la situación de riesgo durante el embarazo, maternidad o paternidad.
- Este trabajador, debe de tener menos de 30 años e inscrito al SEPE, es decir, tener la condición de desempleado.
- La Seguridad Social aplicará una bonificación hasta un máximo de 366€ en la cuota de la seguridad social de cada trabajador, en jornada completa y la parte proporcional en caso de trabajadores a tiempo parcial.
Igualmente, para poder aplicar esta bonificación, la norma exige ciertos requisitos a tener en cuenta:
- La jornada del trabajador deberá de ser como mínimo de 20 horas semanales, es decir, un 50% de una jornada completa anual.
- El trabajador no debe haber trabajado previamente para la empresa en los últimos 6 meses (con un contrato temporal) o un año (con un contrato indefinido).
- El empleador no debe ser deudor de la Seguridad Social.
Así, este Real Decreto Ley, modifica los anteriores requisitos para acceder a este tipo de bonificaciones. Ya que, antes de esto, el único requisito que solicitada la Seguridad Social era contratar a un trabajador desempleado. De esa forma, podías bonificarte la totalidad de las cuotas de la Seguridad Social.
Igualmente, las bonificaciones e incentivos a la contratación pueden ser sujetas de cambio legal, así es importante estar bien informado y asesorado para poder aplicarse.
Otras bonificaciones empleadas de hogar 2023
Al margen de las bonificaciones comentadas, en el sistema especial de empleados de hogar existen otras series de bonificaciones a las que puedes tener acceso como empleador en función del cumplimiento de unos requisitos:
BONIFICACIÓN POR FAMILIA NUMEROSA
Hasta el 1 de abril de 2023, todavía está en vigor la bonificación adicional del 45% en la cuota de contingencias comunes del empleador. Para poder aplicar esta bonificación, el empleador y su cónyuge, deben estar trabajando (en activo) y solicitar a la Seguridad Social dicha bonificación.
Con la entrada en vigor del Real Decreto- Ley 16/2022 de 6 de septiembre, en su Disposición Adicional Primera, se recoge una nueva bonificación que entrará en vigor a partir de abril, desde un 30% a un 45% de la cuota de contingencias comunes del empleador que irá en función de la renta del empleador. Todavía está pendiente de desarrollo reglamentario y la misma sustituirá a la actual bonificación por familia numerosa.
BONIFICACIÓN TRABAJADORA EN SITUACIÓN DE INCAPACIDAD TEMPORAL
En el caso de que la trabajadora esté en situación de incapacidad temporal y la misma tenga 62 años o más, el empleador podrá beneficiarse de una reducción del 75% en la cuota de contingencias comunes mientras dure la situación de baja médica. Esta bonificación está regulada en la Ley 21/2021 de 28 de diciembre.
BONIFICACIÓN EN CASO DE PERMISO POR NACIMIENTO DEL MENOR
El RD Ley 11/1998 de 4 de septiembre reconoce el derecho a una bonificación del 100% de las cuotas de Seguridad Social a cargo del empleador en el caso que durante la situación de permiso por nacimiento del menor (conocidas como maternidad y paternidad) se contrate a un trabajador en las mismas condiciones que esté desempleado. La bonificación es para el 100% de las cuotas de seguridad social de ambos trabajadores.
Esta bonificación se verá modificada a partir del 1 de septiembre de 2023 con la entrada en vigor del Real Decreto Ley 1/2023.
Es importante que como empleador en el sistema especial de empleados de hogar conozcas las bonificaciones a las que puedes acceder, ya que estas pueden significar un ahorro importante en la contratación de una cuidadora para tu familiar mayor.
En Cuidum te ayudamos a gestionar las bonificaciones empleadas hogar
El departamento laboral de Cuidum puede ser de gran ayuda en la gestión de las bonificaciones en el sistema especial de empleados de hogar.
En primer lugar, pueden asesorarte sobre las bonificaciones disponibles y los requisitos que debes cumplir para poder acceder a ellas. Esto puede ser especialmente útil si eres nuevo en el sistema o si no tienes experiencia en la contratación de empleados de hogar.
Además, el departamento laboral de Cuidum puede encargarse de la gestión administrativa de las bonificaciones, lo que te ahorrará tiempo y esfuerzo.