Derechos y obligaciones de los cuidadores de personas mayores

Derechos y obligaciones de los cuidadores
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    De cualquier relación laboral, en cualquier ámbito de actividad, se derivan siempre unos derechos y obligaciones. En el caso de una cuidadora de persona mayor, dichos requisitos y exigencias aparecen recogidos en el Sistema Especial para Empleados de Hogar.

    Cuando los cuidados del adulto mayor en el propio domicilio son tarea de un cuidador contratado para tal fin, esta relación laboral se rige por estas normativas:

    • Real Decreto 1620/2011, de 14 de noviembre, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar (recientemente modificado por Real Decreto-ley 16/2022, de 6 de septiembre, para la mejora de las condiciones de trabajo y de Seguridad Social de las personas trabajadoras al servicio del hogar)
    • Estatuto de los Trabajadores
    • Acuerdos contractuales
    • Usos y costumbres

    En el último año se han producido muchos cambios al respecto, por lo que conviene hacer un repaso detallado de cómo es actualmente la situación del contrato de trabajo cuidadora adulto mayor.

    ¿Cuáles son los derechos del cuidador del adulto mayor?

    En el caso de los derechos de una cuidadora interna, hay que incluir, además:

    ¿Cuáles son las obligaciones de una cuidadora de ancianos?

    Conviene diferenciar dos aspectos. Por un lado, las obligaciones del empleador con la Administración para cumplir con todas las garantías legales de este tipo de relación laboral:

    Por otro lado, están las obligaciones de una cuidadora de ancianos en el desempeño de sus funciones:

    Obligaciones de una cuidadora de personas mayores

    ¿Qué no forma parte del trabajo de un cuidador de ancianos?

    Así te ayuda Cuidum con el contrato de trabajo cuidadora de ancianos en casa particular

    ¿Te parece que las gestiones para contratar cuidadoras de ancianos son demasiado complicadas? Es normal. Tener garantías de que se cumple con todos los derechos de las personas cuidadoras exige un amplio conocimiento de la legalidad vigente.

    En Cuidum te facilitamos el trabajo. A través de nuestro departamento laboral nos encargamos de todos los trámites para que no se te pase por alto ninguna obligación.

    Disfruta de todas las ventajas de una empresa especializada en servicios de asistencia a mayores en su domicilio. En Cuidum nos encargamos de todo para garantizar la felicidad de tus seres queridos y de quienes cuidan de ellos.

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    22 comentarios

    1. Muy bien el enlace compartido por Cuidum donde las empleadas de hogar pueden saber tanto de sus obligaciones como sus derechos. Sobre todo los derechos que son ignorados por muchos empleadores.
      Pienso que debería recogerse en un anexo al contrato.
      Aunque no es mi caso, como empleada que soy de esta agencia. Si conozco de muchas trabajadoras que hacen actividades que no corresponden a los derechos que aquí se exponen.

      1. Hola Aida, gracias por tus palabras, sabemos que todavía queda mucho camino por hacer y desgraciadamente siguen habiendo muchas cuidadoras que no tienen su situación regularizada o que no ven cumplidos sus derechos laborales. Desde Cuidum seguimos trabajando por cambiar esta realidad.

        1. Como cuidadora he tenido buenas experiencias y malas las familias de la persona a cargo no valora el trabajado de un cuidador o cuidadora y además las exponen a maltratos sicológicos verbales y esclavitud

    2. Que sería las compras esenciales para el hogar? Y dentro de la higiene , incluye bañar a la persona? Soy cuidadora de adulto mayor solo en la.semana y x la.mañana 5 horas…

      1. Hola Alay! Los cuidadores domiciliarios de personas mayores cuentan con una serie de derechos y obligaciones. Respondiendo a la pregunta sobre las compras esenciales, si eres cuidadora de personas mayores serían aquellas compras relacionadas con el adulto mayor. Y en cuanto a si debes bañar a la persona mayor, la respuesta es sí, el baño entra dentro de la higiene del mayor. Un saludo!

        1. Hola Sara, el cuidado de personas mayores puede variar significativamente según las necesidades específicas de la persona y los acuerdos que se hayan establecido entre el cuidador y la familia o el empleador. En general, las responsabilidades de un cuidador de personas mayores pueden incluir una variedad de tareas, que pueden incluir:

          – Aseo e Higiene Personal
          – Preparación de Comidas
          – Administración de Medicamentos
          – Acompañamiento a Citas Médicas
          – Actividades de la Vida Diaria (AVD)
          – Acompañamiento y Compañía
          – Tareas del Hogar

          Es importante destacar que las responsabilidades exactas pueden variar según las necesidades de la persona mayor y los acuerdos establecidos con el cuidador.

    3. Buenas tardes quería saber a qué se refieren con «Mantenimiento básico del hogar» Sería algo así como limpiar los pisos?
      Si me pueden detallar les agradecería mucho.

    4. Soy Machuca Alba soy cuidadora de paciente internado a domicilio trabajo para una empresa de internacion domiciliaria..hago turno noche 12 horas y resulta que a la mañana no llega la compañera ya es mi hora y me retire del domicilio estando la esposa y el hijo del paciente el coordinador se enojo me dijo que yo no tenía que retirarme si no llegaba la compañera..cual es mi derecho en ese caso?

      1. Hola Machuca, tu debes cumplir con tu horario de trabajo, al margen de la ausencia de tu compañera. En todo caso tu empleador deberá sancionar a tu compañera por llegar tarde a su puesto de trabajo si no justificó la ausencia. En tu caso debes salir a la hora que fije tu contrato.

    5. Hola soy Andrea Ibarra yo trabajo de lunes a sábado 8 horas diarias incluyendo todos los feriados por por el mismo valor una pregunta las fiestas también las tengo que trabajar

      1. Hola Andrea, deberás revisar lo que queda reflejado en tu contrato de trabajo. Si en el contrato especifica que debes prestar servicio los días festivos, si deberás de trabajarlo. Si en tu contrato no especifica que debas prestar servicio los días festivos, no deberás de trabajarlos.

    6. Como persona q contrata un servicio de cuidadora para un familiar dependiente,quiero decir que me parece muy bien que tienen sus derechos y también sus obligaciones es y creo q el que contrata también tiene derechos y obligaciones .la agencia cuando la contratas enseguida te dice los derechos de la cuidadora y me parecen muy justos.En mi experiencia le he dado sus derechos y mucha manga ancha como en vez de 2 horas libre sean más,en vez de hacer la comida traer yo la comida porque veía q no le daba comida indicada sino la fácil de no cocinar .El acompañamiento ser nulo.cuando se lo comentas a la agencia te dice q hay q decirlas lo q hay que hacer.me imagino que a la hora de cobrar no se le tiene que decir nada.

    7. Hola buenas tardes! Mi nombre es Cinthia y quisiera saber que me corresponde cobrar por haber trabajado 3 años con adulto mayor? Ahora la hija la llevo a un geriátrico

      1. Hola Cinthia, buenas tardes.

        Gracias por tu consulta. Si has trabajado 3 años cuidando a un adulto mayor y ahora finaliza la relación laboral, tienes derecho a una indemnización de 12 días de salario por cada año trabajado.

        Para gestionar estos trámites y asegurarte de que se cumplan tus derechos, te recomiendo contactar con Gestoría en Casa, especialistas en gestión laboral para empleadas del hogar. Ellos pueden asesorarte y ayudarte a calcular y reclamar lo que te corresponde. Puedes obtener más información en su página web:

        Espero que esta información te sea útil. ¡Cuídate!

    8. Hola buenos días, actualmente cuido una persona mayor, sin contrato ni dada de alta, el empleado hizo un contrato Verbal donde solo gana el empleadod.Trabajo 16 horas de lunes a viernes y algunos fines pretenden 22 horas. Días libres no los considero salgo a las 9 un sábado y retorno domingo a 5 de la tarde, incluye limpieza etc,sueldo no llega al mínimo aluden que pagan mucho dinero.
      Pueden orientarme gracias

      1. Hola, buenos días.

        Lamentamos mucho la situación que describes, ya que vulnera tus derechos como trabajadora. Toda relación laboral debe formalizarse mediante un contrato escrito, y es obligatorio que estés dada de alta en la Seguridad Social desde el inicio de tu actividad. Esto garantiza tanto tus derechos como el cumplimiento de las obligaciones legales por parte del empleador. Además, el salario debe cumplir con el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), incluyendo las pagas extraordinarias prorrateadas, y la jornada laboral no puede superar las 40 horas semanales. También es imprescindible que dispongas de los descansos legales establecidos.

        Te recomendamos dialogar con tu empleador para plantear la regularización de tu situación laboral. Si no se alcanza un acuerdo, puedes buscar apoyo en sindicatos, asesorías laborales o la Inspección de Trabajo. Además, Gestoría en Casa puede ayudarte a gestionar el alta, el contrato y todos los trámites necesarios para garantizar que tu situación cumpla con la normativa laboral.

        Mucho ánimo, y no dudes en buscar la ayuda que necesites. ¡Un saludo!

    9. Hola, trabajo d lunes a viernes d 9am a 8pm, estaba una señora q hacia los fines d semana ya se retiro ahora lo hacemos entre la compañera y yo un fin intercalado uno cada una antes lo pagaban x hora y era bien, ahora como no hay nadie más q haga los fines nos los pasaron sin avisar a salario x ser mensualisadas, cual seria mi derecho, aparte trabajo 11hrs cómo seria mi descanso cuanto tiempo? D antemano gracias!

      1. Hola,

        Si antes los fines de semana se pagaban por horas y ahora los han incluido en el salario mensual sin previo acuerdo, este cambio debería haberse consultado contigo. Cualquier modificación en las condiciones laborales debe ser aceptada por ambas partes. Además, la jornada máxima permitida es de 40 horas semanales, con 12 horas de descanso entre jornadas y 36 horas consecutivas de descanso semanal. Si ahora trabajas más horas sin compensación, te recomendamos hablar con la familia para aclararlo y asegurarte de que se respeten tus derechos.

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